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domingo, 6 de octubre de 2019

Propuesta para la Jubilación Patronal






La jubilación patronal es un derecho que adquieren los trabajadores que cumplen 25 años de labores. Se ha visto que este derecho es restrictivo, pues menos del 3% de los trabajadores llegan a gozarlo. Porque no tienen continuidad con un mismo empleador o porque el empleador decide a los 19 años terminar la relación laboral con un costo de liquidaciones y no mantener la carga de una jubilación patronal... El tema genera controversia porque sabemos que empieza (el pago) a los 25 años, pero no sabemos cuándo termina porque dura lo que viva el jubilado y un año después para los herederos... Nadie tiene una varita mágica para saber cuánto vivirá una persona... Esto genera un clima de incertidumbre en la empresa porque no se sabe si habrá continuidad...

Que se plantea ?

Un fondo patronal de jubilación que se constituirá con un aporte del empleador equivalente al 2 % de la remuneración mensual y este irá a un fondo público o privado a elección del empleado; tendrá la tranquilidad de que sin perjuicio de que labore para la empresa A, B, C, todas irán aportando a ese fondo...


¿Hace falta que me jubile de la empresa para poder retirar el dinero?

No hace falta. El uso y la disposición del fondo tiene un periodo de 25 años para que haya un rendimiento y utilidad que sea rentable para el empleado. El empleador aporta desde el día uno y sin importar cuándo termine su vida laboral.

¿Y no se puede retirar antes de los 25 años?

 No. Salvo que se tenga una jubilación anticipada por invalidez o discapacidad; y decide retirar cinco, seis o siete años de aportes.




Fuente: El universo 

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